Repaso rápido de los tres regímenes
| Pro Pyme transparente (14 D N°8) | Pro Pyme general (14 D N°3) | Semi integrado (14 A) | |
|---|---|---|---|
| Impuesto de la empresa | No paga primera categoría | 12,5% transitorio (años 2025 a 2027), 15% en 2028 | 27% |
| Impuesto de los dueños | Por toda la utilidad del año, se retire o no | Solo por lo que retiran, con crédito por lo pagado | Por lo que retiran, con crédito parcial |
| Para quién | Dueños personas naturales que retiran casi todo | Pymes que reinvierten o con dueños en tramos altos | Empresas grandes o que no cumplen los requisitos Pro Pyme |
La tasa del Pro Pyme general depende de la ley vigente cada año: la Ley 21.755 fijó la rebaja a 12,5% para los años comerciales 2025, 2026 y 2027 bajo ciertas condiciones. Si quieres el detalle de cada régimen, lo explicamos en Régimen Pro Pyme 14 D.
Señal 1: ya no retiras las utilidades, las reinviertes
En el transparente, las utilidades se atribuyen a los dueños cada año y tributan en su impuesto global complementario aunque se queden en la empresa comprando maquinaria o mercadería. Mientras retires casi todo, no hay problema. Pero cuando la empresa crece y decides dejar la plata adentro para invertir, terminas pagando impuesto personal por dinero que no recibiste.
En el Pro Pyme general, en cambio, la empresa paga su impuesto (con la tasa rebajada) y tú tributas solo cuando retiras. Ejemplo simple: utilidad de $40.000.000, retiras $10.000.000 y reinviertes $30.000.000. En transparente, tu global complementario se calcula sobre los $40 millones; en general, la empresa paga 12,5% sobre $40 millones y tú tributas personalmente solo por los $10 millones retirados, con crédito por lo que ya pagó la empresa.
Señal 2: tu ingreso personal subió de tramo
El global complementario es progresivo: mientras más ganas en total (sueldo, arriendos, utilidades), más alta la tasa marginal. Si el dueño ya está en tramos altos por otras rentas, sumarle cada año toda la utilidad de la empresa en transparente puede salir caro. Pasar a general permite postergar parte de ese impuesto hasta que efectivamente retires.
Señal 3: entra un socio que es una empresa
El Pro Pyme transparente exige que todos los dueños sean personas naturales (o contribuyentes sin domicilio en Chile). Si una sociedad compra acciones de tu SpA, por ejemplo una sociedad de inversiones de un nuevo socio, la empresa deja de cumplir el requisito y debe salir del transparente. Conviene planificarlo antes de firmar la entrada del socio.
Señal 4: te acercas a los límites del Pro Pyme
Para estar en el Pro Pyme (general o transparente) hay que cumplir, entre otros requisitos:
- Ingresos promedio de hasta 75.000 UF anuales en los últimos tres años comerciales.
- No superar 85.000 UF de ingresos en ningún año.
- Que las rentas pasivas (arriendos, intereses, dividendos, participaciones en otras empresas) no superen el 35% de los ingresos.
Si dejas de cumplir, la salida es obligatoria: pasas al régimen semi integrado (14 A) desde el 1 de enero del año comercial siguiente, con tasa de 27%. No es un cambio que se pueda evitar, pero sí preparar: proyectar el impacto, ordenar los registros de utilidades y revisar la política de retiros con tiempo.
Señal 5: estás en Pro Pyme general pero retiras todo cada año
El caso inverso también existe. Si la empresa retira prácticamente todas sus utilidades y el dueño está en tramos bajos de global complementario, el transparente puede salir más barato y además simplifica la contabilidad. Muchas pymes chicas quedaron en general por defecto al iniciar actividades y nunca lo revisaron.
Plazos y cómo se hace el cambio
- Octubre a diciembre: proyecta el cierre del año con tu contador y compara cuánto pagarías en cada régimen con tus números reales.
- 1 de enero al 30 de abril: se presenta el aviso de cambio de régimen en el sitio del SII. Rige desde el 1 de enero de ese mismo año comercial.
- Operación Renta (abril): el año que cerró se declara en el régimen en que estabas; el nuevo régimen aplica a partir del año en curso.
Un cambio de régimen tiene efectos en los registros de utilidades y en cómo tributan los retiros futuros, así que no conviene hacerlo "por ensayo y error". Lo ideal es decidirlo con al menos dos años de números a la vista.
En Contauditor revisamos el régimen de cada cliente al cierre del año, simulamos los impuestos en cada alternativa y presentamos el aviso al SII dentro del plazo. Si crees que tu régimen ya no te conviene, pide una asesoría tributaria.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se puede cambiar de régimen tributario?
El aviso se presenta entre el 1 de enero y el 30 de abril y rige desde el 1 de enero de ese mismo año comercial.
¿Cuándo me obligan a salir del régimen Pro Pyme?
Cuando superas 75.000 UF de ingresos promedio, 85.000 UF en un año o el 35% de rentas pasivas. Pasas al semi integrado desde el año comercial siguiente.
¿Qué tasa paga una pyme en el régimen Pro Pyme general en 2026?
12,5% transitorio para los años comerciales 2025, 2026 y 2027 según la Ley 21.755, y 15% en 2028. El transparente no paga primera categoría y el semi integrado paga 27%.