Cuánto te retienen en 2026
La Ley 21.133 subió la retención de forma gradual para que los trabajadores independientes coticen como los dependientes:
| Año en que emites la boleta | Retención | Se declara en |
|---|---|---|
| 2025 | 14,5% | Operación Renta 2026 |
| 2026 | 15,25% | Operación Renta 2027 |
| 2027 | 16% | Operación Renta 2028 |
| 2028 en adelante | 17% | Operación Renta 2029 |
Ejemplo: boleta de $1.000.000 brutos. La retención de 15,25% es $152.500 y recibes $847.500 líquidos.
Quién paga la retención: tu cliente o tú
- Si tu cliente es una empresa (o una persona con contabilidad), él retiene el 15,25%, te paga el líquido y entera la retención al SII en su F29.
- Si tu cliente es una persona natural sin giro (por ejemplo, un paciente o un alumno particular), no puede retener. Emites la boleta "con retención del emisor": recibes el total y tú pagas el 15,25% en tu propio F29 del mes siguiente.
Este segundo caso es donde más errores vemos: profesionales que cobran el total y olvidan declarar el F29, y descubren la deuda con multas en la Operación Renta.
Qué pasa con lo retenido en la Operación Renta
En abril declaras todo lo que boleteaste el año anterior. Con lo retenido el sistema paga, en este orden:
- Tu impuesto a la renta (global complementario), si corresponde.
- Tus cotizaciones de seguridad social: pensión en tu AFP, salud (Fonasa o isapre), seguro de invalidez y sobrevivencia, seguro de accidentes del trabajo y Ley SANNA.
- Lo que sobre se devuelve, normalmente en mayo. Si falta, pagas la diferencia.
Las cotizaciones se calculan sobre el 80% de tus honorarios brutos anuales (la renta imponible), con un tope anual.
Cobertura parcial o total
Al declarar puedes elegir:
- Cobertura total: pensión y salud se calculan sobre el 100% de tu renta imponible. Más ahorro para tu pensión y licencias médicas mejor pagadas, pero menos devolución.
- Cobertura parcial: pensión y salud se calculan sobre un porcentaje menor de la renta imponible, que sube cada año (90% en la Operación Renta 2027 y 100% desde 2028). Recibes más devolución ahora, a cambio de menos cobertura.
Si dependes de tus boletas como ingreso principal, la cobertura total suele convenir: con ella tienes derecho a licencias médicas y a un seguro de accidentes que, sin cotizar, no tendrías.
Quiénes no están obligados a cotizar
- Quienes emitieron boletas por un total anual menor a 5 ingresos mínimos mensuales.
- Hombres que tenían 55 años o más, y mujeres que tenían 50 años o más, al 1 de enero de 2018.
- Pensionados, salvo los de invalidez parcial.
- Quienes cotizan en un régimen previsional distinto a las AFP (por ejemplo, Capredena o Dipreca).
Aunque no estés obligado a cotizar, la retención se te aplica igual y se te devuelve en la Operación Renta si no hay impuesto que pagar.
Gastos: presuntos o efectivos
Para calcular tu impuesto, a los honorarios se les rebajan gastos. Puedes usar gastos presuntos del 30% de tus honorarios (con un tope de 15 UTA al año), sin necesidad de respaldo, o declarar tus gastos efectivos con documentos. Si tus gastos reales (arriendo de consulta, insumos, equipos) superan el 30%, puede convenir la segunda opción, pero hay que respaldarlos todos.
¿Boletas de honorarios o empresa?
Las boletas de honorarios son para servicios personales. Si tus ingresos crecen mucho, tienes gastos altos, contratas ayudantes o vendes productos, puede convenir pasar a una empresa con giro. Lo comparamos en persona natural o empresa.
Y si eres tú quien contrata a alguien a honorarios, cuidado: si esa persona cumple horario y recibe instrucciones, la Dirección del Trabajo puede considerarlo un contrato de trabajo encubierto. Lo explicamos en cuándo contratar a tu primer trabajador.
En Contauditor llevamos el F29 mensual de profesionales independientes, revisamos que las retenciones estén bien declaradas y preparamos la Operación Renta eligiendo la cobertura y los gastos que más te convienen. Conoce nuestro servicio de asesoría tributaria.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la retención de la boleta de honorarios en 2026?
15,25% del monto bruto. Sube a 16% en 2027 y a 17% en 2028. Por $100.000 brutos se retienen $15.250.
¿Por qué me devuelven menos en la Operación Renta?
Porque lo retenido paga primero tu impuesto y tus cotizaciones de pensión, salud y seguros. Solo se devuelve lo que sobra.
¿Quiénes no están obligados a cotizar por sus boletas de honorarios?
Quienes boletearon menos de 5 ingresos mínimos en el año, hombres de 55 o más y mujeres de 50 o más al 1 de enero de 2018, pensionados (salvo invalidez parcial) y afiliados a regímenes distintos a las AFP.